impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero 1 - Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero
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El pasado jueves 17 de octubre de 2013 el Congreso de los Diputados aprueba el Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero ( cuya regulación se encuentra en el artículo 5 del Proyecto de Ley 121/000054). Este impuesto se ha empezado a aplicar en enero de 2014.

Se trata de un impuesto indirecto que grava el consumo de Gases Fluorados de Efecto Invernadero, en función de su Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA o GWP).

Para este impuesto, se consideran los gases fluorados de efecto invernadero que figuran en el Reglamento CE nº 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2006, sobre gases fluorados de efecto invernadero. En concreto: Los hidrofluorocarburos (HFC), perfluorocarburos (PCF) y el hexafluoruro de azufre (SF), así como los preparados que contengan mezclas de estos gases, incluyendo los regenerados y reciclados.

Están exentos de la aplicación del impuesto algunos de entre  los siguientes supuestos:

  • Los gases fluorados de efecto invernadero con un PCA igual o inferior a 150.
  • La primera carga de estos gases en instalaciones y equipos de nuevo uso.
  • Los gases fluorados que se destinen a la exportación.

¿Cómo nos va a afectar?

La aplicación del impuesto va a ser progresiva de forma que en 2014 se tributará un 33%; en 2015, un 66% y ya en 2016, el 100%.

Para el cálculo del impuesto, tenemos que tener en cuenta los siguientes conceptos:

  • La base imponible: en función del peso del gas expresado en kg.

El tipo impositivo de cada gas, que se obtiene de aplicar el coeficiente de 0,020 sobre el PCA del gas fluorado en cuestión, con un máximo de 100 € por kg. En el caso de gases regenerados y reciclados, se aplicará un coeficiente menor, de 0,85 sobre el PCA.

Así, en función de los kilos y el tipo de gas refrigerante que vayamos a cargar, podremos hacer un cálculo del impuesto aproximado que se nos va a aplicar. A partir de una  tabla se puede calcular el tipo impositivo para los gases refrigerantes más habituales en refrigeración, teniendo en cuenta la aplicación progresiva del impuesto hasta 2016.

Deducciones y devoluciones:
Se establece la posibilidad de deducción o devolución para aquellos gases que sean retirados de los equipos y se acredite debidamente su destrucción, reciclado o regeneración.

Gestoria Magaz – Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero